Dirigido al personal de seguridad privada que habiendo permanecido inactivo por un periodo superior de 2 años, pueda volver a obtener su habilitación para poder desempeñar sus funciones que le son propias.
Conforme al apartado 2º del articulo 64 del Reglamento de Seguridad privada, acreditando haber realizado un curso de actualización en normativa de seguridad privada de 40 horas lectivas, en un centro de formación autorizado.
Se incluye a todo el personal de Seguridad privada: Vigilante de seguridad y sus especialidades y a los Jefes de seguridad.
Indice de materias:
NORMATIVA APLICABLE
AREA JURIDICA
LEY SEGURIDAD PRIVADA
REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA
CONVENIO LABORAL VIGENTE