Desde MEF proporcionaremos la formación para obtener un empleo público como Auxiliar de Clínica.
Personas interesadas en obtener una plaza como: Técnico en Farmacia.
Proporcionar al estudiante los conocimientos necesarios para superar las pruebas de acceso que consta de:
EJERCICIO 1. Obligatorio y eliminatorio. Tiempo de realización: 140 minutos.
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 80 preguntas tipo test, propuestas por el tribunal, de las que 20 corresponderán a la parte común del programa y 60 a la parte específica, más 5 preguntas de reserva, de las que 2 corresponderán a la parte común del programa y 3 a la parte específica, y que sustituirán a las preguntas anuladas de cada parte por su orden.
EJERCICIO 2. Obligatorio y eliminatorio. Tiempo de realización: 60 minutos
Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano al gallego elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego al castellano, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del segundo ejercicio, que poseían el día de la publicación de esta convocatoria en el DOG el Celga 3 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero)
Temario común.
Temario específico.
Al tratarse de preparación de una oposición, es una formación no homologada a efectos académicos oficiales.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a quien hubiera obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.