La formación, te permitirá especializarte en el área del blanqueo de capitales, por medio de la adquisición de conocimientos técnicos-jurídicos propios de la normativa aplicable y de las herramientas necesarias, de las propias empresas por medio de departamentos en Prevención de Blanqueo de Capitales como asesores externos para dar respuesta a los obstáculos del día a día en el tema de la prevención obteniendo las destrezas necesarias para el puesto.
INTRODUCCIÓN
01. ¿QUÉ ES EL BLANQUEO DE CAPITALES?
Concepto del Blanqueo de Capitales
Concepto de Financiación del Terrorismo
02. ¿POR QUÉ SURGE ESTA LEY?
03. ¿QUÉ ES EL BLANQUEO DE CAPITALES?
04. SABIENDAS
Conversión o transferencia de bienes
Movimientos sobre bienes
Adquisición, posesión o utilización de bienes
Participación en una serie de actividades
Art. 1. Bienes procedentes de una actividad delictiva = origen de un delito
Art. 1.3. Definición de Financiación del terrorismo
Ley 10/2010
Reforma. Ley 28/2022 del 28 de Noviembre sobre Ley 10/2010
FASES DEL BLANQUEO DE CAPITALES
01. ACTUACIONES
Inversión en negocios con gran movimiento de dinero en metálico
Realizar inversiones de bienes que sea fácil ocultar parte del precio
Poner el dinero fuera del país
Poner el dinero en paraísos fiscales
Compra de billetes de lotería premiados
Simular ganancias en casinos
Compra de artículos de valor
02. ETAPAS
Etapa 1: Colocación de ganancias
Entidades bancarias nacionales u otras instituciones financieras
Método:
Depósitos
Fraccionando la cantidad
Envío al extranjero
Etapa 2: Transformación
Múltiples transacciones
Giros de depósitos en efectivo de una cuenta a otra
Conversión de depósitos en efectivo
Inversiones en bienes raíces y otros negocios legítimos
Venta de bienes de valor alto
Utilizar negocios legítimos
Utilización de abogados
Etapa 3: Integración
Bancos islámicos
Cambiadores de dinero
Banqueros clandestinos
03.TIPOLOGIAS Y CANALES
Fondos o bienes ilegales- Fondos o bienes legales
Sector inmobiliario
Sistemas de compensación
Utilización de dinero en efectivo
Carruseles de IVA
Banca corresponsal
Gestión de transferencias
Dinero electrónico
Nacionales de países asiáticos
Nacionales de antiguas repúblicas soviéticas
Nacionales de países del norte de África
Consultores y asesores
Personas expuestas políticamente (PEP)
SUJETOS OBLIGADOS
01. PROFESIONALES
Art. 20- Ley 10/2010
Régimen general
Entidades de crédito
Entidades aseguradoras autorizadas vida y seguros
Sociedades y agencias de valores
Sociedades gestoras de inversión colectiva
Entidades gestoras de fondos de pensiones
Sociedades gestoras de cartera
Sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo
Sociedades de garantía recíproca
Sociedades emisoras de tarjetas de crédito
Entidades de cambio de moneda o gestión transferencias
Régimen especial
Casinos de juego
Agencias de intermediación en compraventa de inmuebles
Auditores, contables externos o asesores fiscales
Notarios, abogados y procuradores
Personas o entidades que gestionen fondos, valores, activos
Personas o entidades que participen en apertura de cuentas
Personas o entidades con aportación de capital a empresas
Personas que actúen en nombre de terceros para transacción
Actividad relacionada con el comercio de joyas o piedras
Actividad relacionada con el comercio de metales preciosas
Actividad relacionada con objetos de arte y antigüedades
Actividad relacionada con filatelia y numismática
Actividad relacionada con transporte profesional de fondos
Actividad de giro o transferencia internacional servicio postal
Comercialización de lotería u otros juegos de azar
02. NOTARIOS Y REGISTRADORES
Art. 1 de orden EHA/114/2008
Participación
Creación de órganos centralizados de prevención colaborando con
SEPBLAC
Órgano centralizado de los notarios (OCP)
Órgano centralizado de los registradores de la propiedad,
mercantiles y de bienes inmuebles (CRAB)
Funciones de los órganos centralizados
Canalización con las autoridades judiciales, policiales
Representantes de los profesionales incorporados
03. ABOGADOS Y PROCURADORES
Artículo 2 de Ley 10/2010
Clasificación de las operaciones
Operaciones no sujetas a la prevención de Blanqueo de Capitales
Operaciones sujetas a la prevención de Blanqueo de Capitales
Operaciones no sujetas por aplicación de secreto profesional
04. AUDITORES DE CUENTAS, ASESORES, CONTABLES Y OTROS
Art. 2 de Ley 10/2010
Art. 18 de Ley 10/2010
Procesos
Comunicación inmediata al SEPBLAC aunque no exista indicio
Comunicación modelo F19-1
Incomunicación con cliente desde comunicación
Facilitar la documentación
Protección de datos no constituye violación de restricciones
No revelación al cliente= Infracción muy grave
05. ENTIDADES FINANCIERAS I
Entidades de crédito
Instituto de Crédito oficial
Bancos y Cajas de Ahorros
Confederación Española de Cajas de Ahorros
Cooperativas de Crédito
Establecimiento financiero de Crédito
Entidades aseguradoras y corredoras de seguros
Formas de blanqueo de dinero
Corredor de seguro
Persona física o jurídica
Actividad mercantil de mediación de seguros privados
No vínculos contractuales
Asesoramiento independiente, profesional e imparcial
Empresas de servicio de inversión
Entidades gestoras de fondos de inversiones
Sociedades gestoras de capital-riesgo
Entidades de pago y dinero electrónico
Personas que ejerzan profesionalmente actividades cambio moneda
Empresas de servicios de inversión-producto
Valores negociables
Contratos financieros variados
Instrumentos financieros para riesgo crédito
Contratos financieros por diferencias
Empresas de servicios de inversión- pertenencia
Sociedades de valores
Agencias de valores
Sociedades gestoras de carteras
Empresas de asesoramiento financiero
06. ENTIDADES FINANCIERAS II
Sociedades gestoras de inversión colectiva
Art.40 Ley 35/2003 de 4 de noviembre
Sociedades Anónimas
Administración, representación y gestión de las inversiones
Gestión de la suscripción y reembolso de fondos y sociedades inversión
Entidades gestoras de fondos de pensiones
Art.2 de la Ley 10/2010
Medidas de diligencia de los sujetos obligados
Operaciones que están exentas
Sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo
Sociedad Anónima
Administración y gestión de fondos y activos de entidades capital riesgo
Actividades de asesoramiento
Sociedad de garantía recíproca
Sociedades- Crédito Pyme
Entidades de pago y dinero electrónico
Ley 16 /2009 de 13 de noviembre de servicios de pago
Autorización para realizar servicios de pago
Real Decreto 712 /2010 de 18 de mayo
Dinero electrónico
Emitir dinero electrónico
Recibir fondos por importe superior al valor monetario emitido
Autorización de las entidades españolas para emisión dinero electrónico
Actividades de cambio de moneda y gestión de transferencias
Establecimiento de cambio de moneda
Operaciones a través de transferencias
Servicios postales: Giro o Transferencia
Art.2 de la Ley 10/2010
Aplicación de la gestión de transferencias
Intermediarios en gestión de préstamos o créditos
Actividades de préstamos y créditos
Factoring
Arrendamiento financiero
Emisión y gestión de tarjetas de crédito
Concesión de avales y garantías
Servicios de pago definidos en Art.1 Ley Servicios de Pago
Resto de sujetos obligados
Promotores inmobiliarios. Agencias de intermediación
Actividades de generación y ocultación de capitales ilícitos
Titularidad de bienes e inmuebles. Copropiedad
Valoración subjetiva de los bienes e inmuebles
Utilización de intermediarios
Casinos de Juego
Blanqueamiento de dinero a través de premios
Utilización por organización criminal para lavado de dinero
Directiva 2005/60/CE
Otros sujetos obligados
Ley 43/2007
Personas físicas con movimientos de pago mayor a ciertos importes
Entrada y salida del territorio de mayor importe del establecido
Movimientos por el territorio nacional de importes superiores
Modelo S1
Comerciantes con cobros o pagos de importes mayores a 15000€ en
efectivo o medios equivalentes
Fundaciones y asociaciones. Art. 39
Colaboración de Autoridades y Funcionarios
No colaboración = Sanción
OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS – MEDIDAS PREVENTIVAS
01. OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS I / MEDIDAS PREVENTIVAS
Identificación formal de los clientes
Objetivo
Sanción grave o leve
Identificación titular real del negocio u operación
Objetivo
Sanción grave o leve
Información sobre el propósito e índole de la relación de negocios
Objetivo
Sanción grave o leve
Seguimiento continuo de la relación de negocios de los clientes
Objetivo
Sanción grave o leve
Examen especial de operaciones complejas, inusuales o sin propósito
económico o lícito aparente o que presenten indicios de simulación o
fraude
Objetivo
Cómo se hace
Comunicación de operaciones sospechosas por indicio
Objetivo: Comunicación sospechosa al SEPBLAC
Presentación del formulario al SEPBLAC
Abstención de ejecución en determinadas operaciones
Objetivo
Comunicación al SEPBLAC
02. OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS II / MEDIDAS PREVENTIVAS
Comunicación sistemática de operaciones. Art. 2.1 Ley 10/2010 (a-i)
Objetivo
Excepciones
Comunicación con el SEPBLAC
Obligaciones en las relaciones con el SEPBLAC
Facilitar documentación e información
Atención del requerimiento
Reserva de las comunicaciones recibidas
Atender requerimiento sobre medidas correctoras del SEPBLAC
Prohibición de revelación a los clientes de las comunicaciones al SEPBLAC
Objetivo
Conservar la documentación
Obligación de mantenimiento durante mínimo 10 años
Aplicación por escrito de la aplicación de políticas y procedimientos
Aprobación por escrito
Aplicación de políticas y procedimientos
Información, conservación de documentos
Control interno
Evaluación y gestión de riesgos
Garantía de cumplimiento de las disposiciones pertinentes
Aprobación de una política expresa de admisión de clientes
Objetivo
Gradual
Designación de un representante ante el SEPBLAC
Designar un representante
Responsabilidad administrativa, judicial u otra
03. OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS III / MEDIDAS PREVENTIVAS
Creación de un órgano de control interno
Objetivo
Aplicación de las políticas y procedimientos
Diligencia debida
Información
Conservación de documentos
Control interno, evaluación y gestión de riesgos
Garantía de cumplimiento de las disposiciones pertinentes
Comunicación
Aprobación de un manual de prevención de Blanqueo de Capitales
Objetivo
Actualización
Examen anual por un experto externo
Objetivo
Informe escrito
Medidas de control interno
Valoración de su eficacia
Sustitución por informe de seguimiento
Formación de empleados
Objetivo
Acreditada con la Ley 10/2010
Protección de idoneidad de empleados, directivos y agentes
Adoptar medidas adecuadas para la confidencialidad
Declaración de movimientos de medios de pago
Modelo S-21
PO DE INFRACCIONES Y REGIMEN SANCIONADOR
Responsabilidad de Administradores y Directivos de la Ley 19/93
Sanciones por infracciones graves
Sanciones por infracciones muy graves
NORMATIVA INTERNACIONAL
01. NORMATIVA INTERNACIONAL
Primera Directiva 91/308/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas
Segunda Directiva 2001/97CE del 4 de diciembre
Tercera Directiva 2005/60/CE y traspuesta a la normativa española mediante Ley 10/2010
Completada con Directiva 2006/70/CE de la Comisión Europea
02. FENÓMENO OFFSHORE
Centros Financieros Internacionales (OFC)
La banca Offshore
Banco pantalla
Sucursal operativa
Filiales operativas
Bancos de propiedad paralela
Estrategias fiscales de las multinacionales
Expatriación de la compañía
Aplazamiento de pagos fiscales
Income Stripping
Transferencia de precios
Entidades e instrumentos para fines específicos
Otros servicios
Empresas aseguradoras
Registro de buques
Venta de ciudadanía
Secreto bancario y juego
Zonas francas comerciales
03. INICIATIVAS INTERNACIONALES CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES
Organización de las Naciones Unidas (ONU)
Grupo de Acción Financiera Internacional (FAFT-GAFI)
Comité de Supervisión bancaria de Basilea (BCBS)
Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS)
Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO)
Federación Internacional de Contadores (IFAC)
Grupo Egmont de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF)
Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional (BM) (FMI)
Consejo de Europa y Unión Europea
Organización Internacional de la Policía Criminal (INTERPOL)
04. PROGRAMA MUNDIAL CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES
Instrumentos contra el Blanqueo de Dinero
Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes
y sustancias sicotrópicas de 1988
Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada
Transnacional
Declaración política y plan de acción contra el Blanqueo de Dinero
Declaración política y plan de acción mundial de Nápoles contra la
delincuencia trasnacional organizada.
Instrumentos contra la Financiación del Terrorismo
Convención internacional para la represión de la financiación del terrorismo
de 1999
Resolución 1373 (2001): Aprobada por el Consejo de Seguridad
Resolución 1377 (2001): Aprobada por el Consejo de Seguridad
DE 2001 .........
Paraísos fiscales
ACTUACIÓN PREVENCIÓN BLANQUEO CAPITALES EN LA EMPRESA
01. ORGANIZACIÓN INTERNA
Estructura organizativa para la Prevención del Blanqueo de Capitales
Funciones del Órgano de Control y del Representante
Reuniones, actas y acuerdos
02. POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS ADECUADOS
Departamentos afectados por la normativa
Cumplimiento de los departamentos de las obligaciones. Medios disponibles
Reglas de coordinación y canales de información entre ellos
Formas de transmisión de instrucciones a empresa y a los encargados cumplimiento
Determinar las funciones de auditoría interna
4 y con qué medios.
4.3. Establecer reglas de coordinación y canales de transmisión de información entre ellos
03. POLITICAS DE ADMISIÓN, CONOCIMIENTO DEL CLIENTE Y SEGUIMIENTO
Objetivos
Identificación y conocimiento del cliente
Personas físicas
Personas jurídicas
Detección del cliente vinculado a la financiación del terrorismo
Detección de operaciones sospechosas
Criterios de selección
Procedimiento de análisis de operaciones
Propósito o índole del negocio del cliente
Política de admisión de clientes
Segmentación de clientes en función de riesgo de blanqueo
Factores de riesgo
Ficha de riesgo
Procedimiento de aceptación de clientes
Clientes excluidos de aceptación
Política de seguimiento continuo de las operaciones o negocios
Actualización y proceso de verificación
Plazos para actualizar información
Conservación de la documentación
RESPONSABILIDADES PENALES
Manual de Responsabilidad Penal de las personas jurídicas
LECTURAS RECOMENDADAS
Lecturas
Blanqueo de capitales
Etapas en el proceso de lavado de dinero
Recomendaciones sobre las medidas de control interno
Tipología de blanqueo según SEPBLAC
Casos de blanqueo de capitales
Noticias
El notariado informa
Cumplimiento de las obligaciones
Comunicación de operativas sospechas por indicio
El ejercicio de la abogacía en la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales
Blanqueo en banca corresponsales
Catálogo para entidades aseguradoras
Prevención en el mercado de renta variable
La gestión de transferencias
Catálogo operaciones de riesgo de blanqueo de capitales de promoción Inmobiliaria
Herramienta clave para la prevención efectiva del blanqueo de capitales
Régimen sancionador
Obligaciones de los sujetos obligados
Blockchain, criptomonedas y fenómenos delictivos: delito del Blanqueo de Capitales
Examen especial
Catálogo para profesionales
Blanqueo y financiación del terrorismo
FORMULARIOS
Identificación formal de los clientes
Ficha de identificación formal del cliente. Persona Física
Ficha de identificación formal del cliente. Persona Jurídica
Ficha de riesgo del cliente
Acuerdo para la aplicación por terceros de medidas de diligencia indebida
Comunicación al cliente de no establecimiento de relaciones de negocio
Identificación del titular real del negocio
Acuerdo para la aplicación por terceros de medidas de diligencia indebida
Comunicación al cliente de no establecimiento de relaciones de negocio
Petición de información sobre titularidad real de negocios u operaciones
Información sobre el propósito
Acuerdo para la aplicación por terceros de medidas de diligencia indebida
Comunicación al cliente de no establecimiento de relaciones de negocio
Petición de información sobre propósito e índole prevista
Seguimiento continuo de la relación de negocios de los clientes
Comunicación al cliente de no establecimiento de relaciones de negocio
Ficha de exámenes de operaciones sospechosas
Intercambio de información sobre un cliente u operación sospechosa
Petición de información para el seguimiento del negocio del cliente
Solicitud al SEPBLAC para intercambiar información sobre un cliente /operación
Comunicación operaciones sospechosas por indicios
Formulario F19-1
Abstención de ejecución en determinadas obligaciones
Comunicación a empleados para abstenerse ejecución operaciones con
clientes
Comunicación al SEPBLAC de los motivos de no abstenerse a operaciones
Comunicación sistemática de operaciones
Solicitud de exclusión de comunicación sistemática de operaciones
Colaboración con el SEPBLAC
Contestación al requerimiento del SEPBLAC
Aprobación por escrito
Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales y financiación terrorismo
Modelo de manual de Prevención Profesional
Designación de un representante ante el SEPBLAC
Comunicación de persona autorizada (F22-6)
Propuesta de nombramiento de representante (F22)
Creación de un órgano de control interno
Comunicación de establecimiento de medidas de control interno
Acta de acuerdos adoptados por el órgano de control interno
Aprobación de un manual
Comunicación de establecimiento de medidas de control interno
Remisión del manual de Prevención de Blanqueo de Capitales
Examen anual por un experto externo
Comunicación al SEPBLAC de la relación de entidades examinadas
Comunicación de actuación como experto externo
Modelo de informe de experto externo
Protección e idoneidad de empleados, directivos y agentes
Comunicación de operaciones sospechosas
Comunicación directa de empleados al SEPBLAC
Contestación del órgano de control interno
Declaración de movimientos de medios de pago
Informe de movimiento de pago. Modelo S1
PROYECTO FINAL
Material complementario INCLUIDO:
-Formación en idioma inglés en el nivel elegido por cada alumno.
-Formación complementaria con el Curso de Competencias Directivas (300 h)
Recibirás:
No es necesario tener conocimientos previos en el sector.